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Aprueba en todos sus términos los informes presentados por la Sala Examinadora que interviene en el concurso convocado para Juez/a de Juzgado en lo Correccional Departamento Judicial San Isidro (examen escrito del 1/09/2022) respecto de las impugnaciones al orden de merito provisorio presentadas por los/as postulantes Dres. Emiliano Daniel Martinez, Roberto Merlassino, Ricardo Andres Tripaldi, Juan Mariano Antonio Grana, Federico Jorge Pontello y Daniel Horacio Badagnani. 

Efectúa respecto de los postulantes Dres. Emiliano Daniel Martinez, Roberto Merlassino, Ricardo Andres Tripaldi, Juan Mariano Antonio Grana, Federico Jorge Pontello y Daniel Horacio Badagnani las modificaciones o las ratificaciones en la puntuación asignada conforme a los informes de la Sala Examinadora presentados de acuerdo a los considerandos de la presente.

Ordena tener presente lo resuelto al momento de la consideracion del orden de merito definitivo para Juez/a de Juzgado en lo Correccional Departamento Judicial San Isidro de acuerdo a la modificación realizada. 

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Aprueba en todos sus terminos los informes presentados por la Sala Examinadora que interviene en el concurso convocado para Juez/a de Juzgado en lo Correccional Departamento Judicial Morón (examen escrito del 1/09/2022) respecto de las impugnaciones al orden de merito provisorio presentadas por los/as postulantes Dres Mariano Javier Ysnardez, Emiliano Daniel Martinez, Roberto Merlassino, Ricardo Andres Tripaldi, Juan Mariano Antonio Grana, Federico Jorge Pontello, Daniel Horacio Badagnani y Guillermo Angel Rafaniello.

Efectúa respecto de los/as postulantes Dres Mariano Javier Ysnardez, Emiliano Daniel Martinez, Roberto Merlassino, Ricardo Andres Tripaldi, Juan Mariano Antonio Grana, Federico Jorge Pontello, Daniel Horacio Badagnani y Guillermo Angel Rafaniello. las modificaciones o las ratificaciones en la puntuación asignada, conforme los informes de la Sala Examinadora presentados de acuerdo a los considerandos de la presente.

Tiene presente lo resuelto al momento de la consideración del orden de mérito definitivo para Juez/a de Juzgado en lo Correccional Departamento Judicial Morón (examen escrito del 1/09/2022) de acuerdo a la modificación realizada.

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Aprueba en todos sus terminos los informes presentados por la Sala Examinadora que interviene en el concurso convocado para Juez/a de Juzgado en lo Correccional Departamento Judicial Merlo (examen escrito del 1/09/2022) respecto de las impugnaciones al orden de merito provisorio presentadas por los/as postulantes Dra. Elizabeth Alejandra Gaitan y Dres. Emiliano Daniel Martinez, Roberto Merlassino, Ricardo Andres Tripaldi, Juan Mariano Antonio Grana, Federico Jorge Pontello y Daniel Horacio Badagnani.

Efectúa respecto de los/as postulantes Dra. Elizabeth Alejandra Gaitan y Dres. Emiliano Daniel Martinez, Roberto Merlassino, Ricardo Andres Tripaldi, Juan Mariano Antonio Grana, Federico Jorge Pontello y Daniel Horacio Badagnani las modificaciones o las ratificaciones en la puntuación asignada, conforme los informes de la Sala Examinadora presentados de acuerdo a los considerandos de la presente.

Tiene presente lo resuelto al momento de la consideración del orden de mérito definitivo para Juez/a de Juzgado en lo Correccional Departamento Judicial Merlo (examen escrito del 1/09/2022) de acuerdo a la modificación realizada.

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Aprueba en todos sus terminos los informes presentados por la Sala Examinadora que intreviene en el concurso convocado para Juez/a de Juzgado en lo Correccional Departamento Judicial La Matanza (examen escrito del 1/09/2022) respecto de las impugnaciones al orden de merito provisorio presentadas por los/as postulantes Dra. Elizabeth Alejandra Gaitan y Dres. Emiliano Daniel Martinez, Roberto Merlassino, Ricardo Andres Tripaldi, Juan Mariano Antonio Grana, Federico Jorge Pontello, Daniel Horacio Badagnani y Guillermo Angel Rafaniello.

Efectúa respecto de los/as postulantes Dra. Elizabeth Alejandra Gaitan y Dres. Emiliano Daniel Martinez, Roberto Merlassino, Ricardo Andres Tripaldi, Juan Mariano Antonio Grana, Federico Jorge Pontello, Daniel Horacio Badagnani y Guillermo Angel Rafaniello las modificaciones o las ratificaciones en la puntuación asignada, conforme los informes de la Sala Examinadora presentados de acuerdo a los considerandos de la presente.

Tiene presente lo resuelto al momento de la consideración del orden de mérito definitivo para Juez/a de Juzgado en lo Correccional Departamento Judicial La Matanza (examen escrito del 1/09/2022) de acuerdo a la modificación realizada.

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Rechaza la solicitud de la Dra. Analia Jimena Lobartolo de inscribirse de manera extraordinaria al RIA y a procesos de selección, en atención a no haber completado la Escuela Judicial (arts. 25 ley 11.868, art. 4 Reglamento aplicable al RIA y PODA). 

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Da por cumplido los contenidos de la Escuela Judicial con las orientaciones establecidas, para las personas cuyos datos obran en el cuadro del Anexo de la presente según surge de las actuaciones allí indicadas. VER PDF

Presentación efectuada por el Dr. Hernan Gustavo Valerio.

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Presentación efectuada por la Dra. Paula Elisa Fernández Gurawski.

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Presentación efectuada por el Dr. Pablo Gustavo Di Francesco.

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Dispone que los postulantes que participan en los procesos de selección en curso para cubrir los cargos de Juez/a de Juzgado de Paz Letrado,detallados en el Anexo I y cuyas vacantes se encuentren allí contempladas, deberán realizar la correspondiente aplicación en los términos y con el alcance previsto por el artículo 3° de la Resolución N° 3182/2023.

Transcurrido el plazo para la aplicación a las vacantesaludidas en el párrafo que antecede (cfr. art. 3° de la Resolución N° 3182/2023), el Consejo evaluará la cantidad de postulantes disponibles para poder confeccionar y elevar las ternas vinculantes al Poder Ejecutivo y, en su caso, afectará las vacantes pertinentes a los procesos de selección señalados, priorizando la cobertura de las que posean mayor antigüedad.

Dispone que los postulantes referidos en el artículo 1°, podrán participar en la cobertura de los cargos de Juez/a de Juzgado de Paz Letrado,detallados en el Anexo I y cuyas vacantes se encuentren allí contempladas, prescindiendo de la exigibilidad de la acreditación de la residencia inmediata previa de dos años en el lugar en que deban cumplir sus funciones, pero respetando el alcance territorial del examen rendido y aprobado.

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