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Tiene presente que la postulante Dra. María de la Paz TEIXEIRAS se encuentra EXIMIDA para el examen escrito al cargo de JUEZ/A DE JUZGADO DE GARANTÍAS [examen del 1411/25] para el Departamento Judicial SAN MARTIN, en virtud de lo establecido en la Resolución 2743. 

Rechaza la solicitud efectuada por la Dra. María de la Paz TEIXEIRAS  la cual peticiona se le permita hacer valer el examen que rindiera y aprobara para el cargo de Juez/a de Juzgado de la Responsabilidad Penal Juvenil (Examen 25/04/23) Departamento Judicial Merlo” para examen escrito para el cargo de JUEZ/A DE JUZGADO DE LA RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL –QUILMES y SAN MARTÍN– EXAMEN DEL 28-11-2025- de acuerdo a lo establecido en el artículo 1 de la Resolución 2743.

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Rechaza por inadmisible el recurso de revocatoria deducido a fs. 1/4 por el Dr. Laureano Néstor Damián Sastre, contra la Resolución N° 3433/2023 de este Consejo.

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Aprobueba la conformación de las Salas Examinadoras y del Cuerpo Académico correspondiente al Cronograma aprobado por el art. 1° de la Resolución N° 3868/2025, para los cargos cuya cobertura de vacantes se dispuso mediante la “Convocatoria Año 2024” y que se encuentran consignados en el Anexo I de la Resolución N° 3706/2024 (Texto actualizado s/ Resoluciones N°3837/202 y 3838/2025), en los términos allí establecidos.

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Da por cumplido los contenidos de la Escuela Judicial con la orientación establecida, para las personas cuyos datos obran en el cuadro del ANEXO de la presente, según surge de las actuaciones allí indicadas. VER PDF

Rechaza la solicitud de la Dra. María Teresa BARCAT   por los fundamentos expuestos en los CONSIDERANDOS en cual solicitara la inscripción extemporánea al cargo de JUEZ/A DE TRIBUNAL EN LO CRIMINAL –BAHÍA BLANCA, DOLORES, LA MATANZA, LA PLATA, MAR DEL PLATA, QUILMES y TRENQUE LAUQUEN– EXAMEN DEL 02-12-2025.

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Atiende la solicitud de la Dra. Gabriela Gisela MIRANDA RIOS, teniéndola por inscripta al proceso de selección para el cargo JUEZ/A DE TRIBUNAL DEL TRABAJO LA MATANZA EXAMEN DEL 18-11-2025- (Convocatoria 2024) con la eximición de examen escrito que oportunamente aprobara, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1 de la Resolución 2743.

Instrúye a la Responsable del Área de Evaluación y Vacantes de este Consejo de la Magistratura para que tome nota de la incorporación de la postulante a la nómina del/ de los proceso/s de selección correspondiente/s, notificándose a quienes tengan un interés legítimo en el/los mismo/s.

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Atiende la solicitud del Dr. Walter Darío CLIVIO, teniéndolo por inscripto al proceso de selección para el cargo JUEZ/A DE TRIBUNAL DEL TRABAJO LA MATANZA, EXAMEN DEL 18-11-2025- (Convocatoria 2024) con la eximición de examen escrito que oportunamente aprobara, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1 de la Resolución 2743.

Instrúye a la Responsable del Área de Evaluación y Vacantes de este Consejo de la Magistratura para que tome nota de la incorporación de la postulante a la nómina del/ de los proceso/s de selección correspondiente/s, notificándose a quienes tengan un interés legítimo en el/los mismo/s.

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Rechaza la solicitud de la Dra. Analía Verónica BARLETTA  por los fundamentos expuestos en los CONSIDERANDOS en cual solicitara hacer valer el examen que rindiera y aprobara para el cargo de Juez/a de Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial (Examen 09-11-2022) en el Departamento Judicial Mercedes para la convocatoria con fecha 28 de julio de 2025 para el cargo de JUEZ/A DE CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL –MERCEDES- EXAMEN DEL 07-10-2025.

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Rechaza la solicitud del Dr. Alexis Hernán KOSICKI por los fundamentos expuestos en los CONSIDERANDOS en cual solicitara hacer valer el examen que rindiera y aprobara para el cargo de Juez/a de Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial (Examen 09-11-2022) en el Departamento Judicial Mercedes para la convocatoria con fecha 28 de julio de 2025 para el cargo de JUEZ/A DE CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL –MERCEDES- EXAMEN DEL 07-10-2025.

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Establece que el plazo de treinta (30) meses contemplado en el artículo 1 de la Resolución N° 2743/2021, para que el postulante pueda ejercer la opción de validar un examen rendido y aprobado en los términos de dicho régimen, no debe haber sido superado a la fecha del dictado de la Resolución que incorpora nuevos cargos a una Convocatoria en curso, respecto de los cargos incorporados.

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