RESOLUCIÓN 3302 DEL 11/04/2023

Establece que desde las 10:00 horas del día 19 de abril de 2023 hasta las 23:59 horas del día 26 de abril de 2023, las personas aspirantes que no se encuentren inscriptas en el Registro Integral de Antecedentes de Aspirantes a la Magistratura y al Ministerio Público (RIA), podrán realizar las inscripciones y/o empadronamientos en dicho Registro, en los términos y de conformidad a lo previsto en los artículos 17 y siguientes del Reglamento aplicable para el RIA y el PODA.

Las personas aspirantes que ya se encuentren inscriptas en el Registro Integral de Antecedentes de Aspirantes a la Magistratura y al Ministerio Público (RIA), cuyas presentaciones o información cargada, se encuentre en la condición de “OBSERVADA” por la Responsable del Área de Evaluación y Vacantes (en los términos de la Resolución N° 2873/2022), podrán subsanar los errores en que hayan incurrido y que originaron la observación, debiendo realizar la presentación en el sistema RIA, por una única vez, dentro del plazo aludido. Solamente se permitirá una sola subsanación de la presentación o información cargada en el sistema (v. gr. reemplazo del/de los documento/s observado/s).

Establece que desde las 10:00 horas del día 19 de abril de 2023 hasta las 23:59 horas del día 26 de abril de 2023, las personas aspirantes que no se encuentren inscriptas en los exámenes correspondientes a la Cuarta Convocatoria, aprobada por Resolución N° 3149/2022, podrán hacerlo, en los términos allí contemplados.

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Nro. Resolución
3302

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