Establece nueva redacción del art. 1 de la Resolución N° 2743/2021 mientras se encuentren suspendidos los exámenes orales, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 1º: Disponer que aquellos postulantes que hubieran aprobado el examen escrito, podrán optar por hacer valer dicha condición para una nueva convocatoria referida a la misma función y alcance territorial, por el término de treinta (30) meses corridos contados a partir de la fecha en que rindan dicho examen, pudiendo, de suscitarse modificaciones legislativas en lo sucesivo, el Pleno del Consejo dictar aquellas medidas que fueren útiles y conducentes para la interpretación y aplicación de las mismas en las siguientes convocatorias”.-
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Nro. Resolución
2868