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Desestima el   pedido de  revisión de la calificación  del  examen  escrito  presentado por  el  Dr. Marcos  Sebastián  MORÁN,  respecto del examen para el cargo de JUEZ/A DE JUZGADO DE GARANTÍAS DE LOS  DEPARTAMENTOS JUDICIALES BAHIA BLANCA, DOLORES, LA MATANZA, LOMAS DE ZAMORA, MERLO, QUILMES, GENERAL SAN MARTIN Y TRENQUE LAUQUEN, el día 22 de septiembre 2022.

Mantiene la calificación  oportunamente otorgada  al  examen escrito  rendido  por  el  Dr. Marcos Sebastián   MORÁN, manteniendo, en consecuencia, su calidad de desaprobado en el examen para el  cargo  de  JUEZ/A  DE  JUZGADO   DE    GARANTÍAS   DE      LOS DEPARTAMENTOS JUDICIALES BAHIA BLANCA, DOLORES, LAMATANZA, LOMAS DE ZAMORA, MERLO, QUILMES, GENERAL SAN MARTIN Y TRENQUE LAUQUEN, el día 22 de septiembre 2022 (artículo 19 del Reglamento del Consejo de la Magistratura).  

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Rechaza la petición realizada a fs. 1 por el Dr. Juan Pablo D´ONOFRIO, por la que solicita al Consejo su intención de optar y hacer valer el resultado del examen al cargo  de  Agente  Fiscal  rendido  y  aprobado  el  13/11/2018 publicado el 27/02/2019 al examen de Agente Fiscal  para los Departamentos Judiciales Lomas de Zamora, Mercedes y  Moreno– General Rodríguez del 3 de abril de 2023, por haber sido extemporánea.

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Considera efectuadas en legal tiempo y forma, las presentaciones Organismo entre el realizadas a los correos oficiales del 24 de abril a las 15 horas hasta el 27 de abril a las 14 horas, que se reiteren a los mismos antes de las 23.59 horas del día 7 de mayo de 2023.

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Ordena la instrucción del Sumario respecto de la agente Fabiana Isabel Caldera, Personal N°26- a los fines de determinar si corresponde aplicar una sanción disciplinaria de conformidad con los artículos 75° a 97° del Estatuto de Personal del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Buenos Aires. VER PDF

Encomienda al Asesor y Consultor Técnico Jurídico la redacción de un acto administrativo estableciendo la aplicación de la nueva normativa al proceso de selección referido.

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Sustituye el segundo párrafo del artículo 6° del Reglamento Complementario, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Cuando se trate de cubrir simultáneamente dos (2) o más vacantes para el mismo cargo y especialidad, y se generen órdenes de mérito diferentes, el Consejo deberá incorporar un (1) candidato/a por cada persona que se repita en cada uno de ellos, respetando el orden establecido por la puntuación final obtenida.”

La modificación efectuada en el artículo 1°, regirá a partir del día siguiente del dictado de la presente resolución, y resultará de aplicación a los procesos de selección de postulantes que se encuentren en curso.

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Declara de interés académico del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Buenos Aires, a la jornada "Los municipios, los organismos de la Constitución y los Colegios Profesionales. La Responsabilidad del Estado", a llevarse a cabo el día 28 de abril de 2023 en la sede del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial del Departamento Judicial Azul, compartiendo lo dispuesto en la Resolución número 57 del Director Académico de la Escuela Judicial, la que se aprueba en su totalidad y se adjunta a la presente como Anexo I.

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Da por cumplido los contenidos de la Escuela Judicial con las orientaciones establecidas, para las personas cuyos datos obran en el cuadro del Anexo de la presente, según surge de las actuaciones allí indicadas. VER PDF

Desestima el pedido de revisión de la calificación de examen escrito presentado por el Dr. Guillermo Angel Rafaniello respecto del examen para el cargo de JUEZ/A DE CAMARA DE APELACIONES Y GARANTIAS EN LO PENAL DE LOS DEPARTAMENTOS JUDICIALES REGION 2 y 4 el día 22 de agosto de 2022. 

Mantiene la calificación oportunamente otorgada Dr. Guillermo Angel Rafaniello y por ende su calidad de Aprobado en el  examen para el cargo de JUEZ/A DE CAMARA DE APELACIONES Y GARANTIAS EN LO PENAL DE LOS DEPARTAMENTOS JUDICIALES REGION 2 y 4 el día 22 de agosto de 2022 (artículo 19 del Reglamento del Consejo de la Magistratura).

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Admite la opción establecida en el art. 1 de la Resolución 2743 (texto según Res. 2868) para hacer valer el examen escrito aprobado, a quien integra la nómina del Anexo I de la presente Resolución, con el alcance que se indica en cada caso. VER PDF

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