Instruye a la Subsecretaria Administrativa que practique la liquidación que permita a la Dra. Fabiana Isabel Caldera, cancelar el cargo deudor en hasta doce (12) cuotas fijas, mensuales, consecutivas y actualizadas, con un interés homogéneo por todo el período que corresponda computar según la cantidad de cuotas elegidas por la Dra. Caldera.
Dispone que el interés adicionado será calculado según la tasa pasiva aplicable al plazo fijo digital a treinta (30) días del Banco de la Provincia de Buenos Aires del día 13 de febrero de 2025 y contado desde esa fecha.
Establece que la Dra. Caldera deberá seleccionar, en el plazo de diez días hábiles, la cantidad de cuotas de su preferencia (hasta el límite contemplado en el artículo 1°) y comunicarlo a la Subsecretaría Administrativa.
El importe de las cuotas deberá ser depositado dentro del mes correspondiente, según la liquidación que practique la Subsecretaria Administrativa, en la cuenta Nº 229/7, CBU 0140999801200000022975 de la Tesorería General de la Provincia de Buenos Aires, conforme el artículo 3º de la Resolución 3644/2024. Los comprobantes de pago deberán remitirse a la Subsecretaría Administrativa para su incorporación al presente expediente.
Desestima el pedido de suspensión y/o levantamiento de la medida cautelar trabada por la Subsecretaría de Ejecución de Créditos Fiscales y Tributarios de Fiscalía de Estado, lo cual deberá peticionarse oportunamente ante dicho Organismo, una vez acreditado el efectivo pago del total de lo adeudado, así como los gastos y honorarios correspondientes.
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Resolucion 3834 (15-07-2025) Pellegrini.pdf | 2.15 MB |