Lunes, 5 of Julio of 2021 10:15
El Consejo de la Magistratura ratifica que la culminación de la Escuela Judicial es requisito ineludible para presentarse a rendir la primera evaluación del proceso de selección prevista en los artículos 25 y 26 de la Ley 11868 y 17 del Reglamento del Consejo de la Magistratura.